México, 11 Sep. (Notimex).- La falta de transparencia, claridad y cobros indebidos son algunas prácticas que prevalecen entre las sociedades financieras de objeto múltiple, entidades no reguladas y reguladas (Sofomes ENR/ER), Sociedades Financieras Populares (Sofipos) y Sociedades Cooperativas de Ahorro Préstamo (Scap).
Lo anterior de acuerdo con una evaluación de la información que da estructura contractual y publicidad del producto “Crédito Simple”, realizada por la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef).
La calificación obtenida en promedio por las 65 Sofomes ENR fue de 4.3, mientras que las Sofomes ER alcanzaron un crédito de 7.6; las 30 Scaps fueron calificadas con 4.2 y las 19 Sofipos registraron 3.6 de calificación promedio.
El “Crédito Simple” está dirigido a personas físicas y que permite al prestatario disponer del monto autorizado de manera libre, sin tener que destinarlo a algún fin determinado, con el compromiso de devolver la cantidad solicitada en el tiempo o plazo definido.
Ello, con base en las condiciones establecidas para dicho préstamo, más los intereses devengados, seguros y comisiones aplicables, por cada alternativa, precisa el organismo regulador y supervisor.
Entre las deficiencias detectadas por la Condusef en el caso de los contratos de las Sofomes ENR/ER está la falta de adecuación de las garantías, ya que establecen al menos dos de éstas para el cumplimiento de las obligaciones, como puede ser una hipoteca, una prenda e incluso un aval u obligado solidario.
También se detectó la necesidad de modificar las comisiones ya que cobran dos o más conceptos por un mismo hecho generador, como son los intereses moratorios, comisión por gastos de cobranza, pena por mora, entre otros.
Asimismo, la falta de claridad en la contratación de un seguro, quién pagará la prima y el procedimiento a realizar en caso de fallecimiento.
Así como indicar que no existe la posibilidad de incrementar las comisiones previamente establecidas en el contrato.
En la carátula no se cumple con el formato de la Disposición Única de la Condusef, o bien, ocupan formatos de Disposiciones anteriores; y existen incongruencias entre la información establecida en la carátula y lo estipulado en el contrato o el estado de cuenta, en particular las comisiones o la tasa de interés.
Respecto a su página web, no incluyen el total de comisiones o la información sobre el producto; falta adecuar la información establecida en la página ya que no concuerda con los documentos entregados al usuario.
En lo que se refiere al estado de cuenta, se detectó que se entrega una tabla de amortización y no el estado de cuenta; y existen incongruencias con lo estipulado en el contrato o la carátula, en particular los plazos establecidos para interponer una reclamación o el concepto de las comisiones.
En tanto, que en las entidades de Ahorro y Crédito Popular en lo que se refiere a los contratos se observó que carecen del procedimiento para que el acreditado pueda solicitar la terminación anticipada del contrato; y no mencionan la fecha límite de pago.
Respecto a la carátula, la Condusef encontró que no insertan la fecha de corte y no indican las comisiones aplicables al producto.
Sus páginas web no expresan la cantidad por concepto de intereses a pagar en el periodo y falta la indicación del Costo Anual Total (CAT).
Mientras que en lo concerniente a la publicidad se detectó que carecen de las modalidades de contratación del producto y omiten la tasa de interés anual simple.