La Comisión Nacional de Honestidad y Justicia del Movimiento de Regeneración Nacional (Morena-CNHJ) informó sobre la cancelación del registro al partido de Alejandra del Carmen León Gastelum, debido a que instó a que la población votara por un candidato distinto al propuesto el suyo en la elección a Gobernador de Baja California Sur.
Ciudad de México, 9 de julio (SinEmbargo).- La Comisión Nacional de Honestidad y Justicia del Movimiento de Regeneración Nacional (Morena-CNHJ) dio a conocer que decidió sancionar a la C. Alejandra del Carmen León Gastelum con la cancelación de su registro como protagonista del “Cambio Verdadero”.
A través de un comunicado en Twitter, informó que la resolución dictada en el expediente CNHJ-BC-031/2020 tuvo su origen en una acusación presentada por C. Irma Olivia Pérez Fernández.
La queja fue presentada por realizar proselitismo político a favor del ciudadano C. Jaime Cleofas Martínez Veloz, candidato a Gobernador del estado de Baja California Sur durante el proceso electoral 2018-2019 por un partido político que no era Morena.
La CNHJ informa la emisión de la resolución del expediente CNHJ-BC-031/2020, en donde se sanciona a la C. Alejandra del Carmen León Gastelum con la cancelación de su afiliación.
Disponible: https://t.co/r9mXZeuXh3@diazpol @arroyolegaspi @GabrielaRodr108 pic.twitter.com/6sjwrKZBOL— CNHJ MORENA (@CNHJ_Morena) July 9, 2020
Durante la sentencia principal se acreditó la conducta de Alejandra del Carmen, que consistía en realizar un proselitismo por un candidato de un partido antagonista a Morena, el Partido de la Revolución Democrática (PRD).
Esto se comprobó debido a que en sus redes sociales, la señalada difundió un video en el que se puede apreciar a la mujer invitando a votar a favor del candidato antes mencionado y no del candidato de Morena en esa elección.
Las autoridades del partido político señalaron que los protagonistas y miembros del partido deben de, y tiene la obligación, participar activamente en la promoción y defensa del voto de los candidatos y candidatas postulados por Morena, sin importar si es de manera directa, en coalición o candidatura común.
Lo que al comprobarse lo contrario, actualizó la falta objeto de sanción que se prevé en los artículos en términos de los previstos en el artículo 3º inciso i), 6º inciso c), d) y h) y en el 53º inciso g) del estatuto de Morena.
Por último, la CNHJ expresó que la conducta de Alejandra de Carmen León Gastelum fue equiparable a la de ingresado ser postulado por otro partido político.