En el video, el cardenal emite frases como “salgamos a votar el 6 de junio” y “que no sean los malosos los que decidan nuestro voto”, además de que llama a no votar “a quienes están en el poder”, lo que permite afirmar con suficiente grado de razonabilidad que se puede referir a Morena que ocupa la Presidencia de la República o al partido Movimiento Ciudadano (MC) que gobierna Jalisco, entidad en donde reside el clérigo.
Ciudad de México, 6 de junio (SinEmbargo).- La Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) aprobó medidas cautelares contra el cardenal Juan Sandoval Iñiguez, luego de que difundiera un video en el que pide votar en contra de los candidatos de Morena y los vinculados al actual Gobierno.
De acuerdo con la comisión, los señalamientos del cardenal violentan el artículo 130 constitucional, por lo que le ordenó difundir mensajes de carácter público durante sus sesiones religiosas.
Además, pidió a Facebook bajar el video en un plazo menor a tres días.
La queja fue presentada por el partido Morena, al considerar que el mensaje de Sandoval Íñiguez transgrede los principios laicos constitucionales.
En el video, el cardenal emite frases como “salgamos a votar el 6 de junio” y “que no sean los malosos los que decidan nuestro voto”, además de que llama a no votar “a quienes están en el poder”, lo que permite afirmar con suficiente grado de razonabilidad que se puede referir a Morena que ocupa la Presidencia de la República o al partido Movimiento Ciudadano (MC) que gobierna Jalisco, entidad en donde reside el clérigo.
La Comisión detalló que tras su análisis, «concluyó que es procedente el dictado de la cautelar, pues bajo la apariencia del buen derecho contraviene el régimen constitucional y legal en el que se establece el principio de laicidad, la separación Iglesia-Estado, así como la prohibición de que ministros de culto religioso realicen actos proselitistas en favor o en contra de determinada fuerza política».
«En consecuencia, la Comisión del INE ordenó al Cardenal se abstenga de emitir mensajes durante las ceremonias religiosas de carácter público, así como en los medios de comunicación, incluyendo redes sociales, donde se promueva que los ciudadanos se abstengan de votar o que voten o no por determinado candidato o partido político. Asimismo, se instruyó a Facebook para que de inmediato, en un plazo que no podrá exceder de tres horas, realice las acciones necesarias a fin de suspender la difusión del video denunciado», apuntó en un comunicado.
Los otros dos asuntos fueron las quejas presentadas por María Teresa Maru Mejía, candidata de Morena a Diputada federal por el 03 distrito electoral en el Estado de México.
En ambos casos, la Comisión estimó improcedentes el dictado de las medidas cautelares solicitadas, toda vez que de un análisis preliminar y bajo la apariencia del buen derecho, la denuncia no se encuentra basada en algún estereotipo por razón de género o por el hecho de ser mujer.
Los asuntos fueron aprobados por unanimidad de votos de las Consejeras Adriana Favela y Claudia Zavala, así como del Consejero Ciro Murayama, presidente de la Comisión de Quejas y Denuncias.