México

El INE acata sentencia del Tribunal Electoral sobre suspensión de conferencias matutinas de AMLO

05/09/2020 - 9:40 am

El pasado 2 de septiembre, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó que las conferencias matutinas del Presidente Andrés Manuel López Obrador podrán transmitirse en Coahuila e Hidalgo de manera íntegra durante el periodo electoral, contrario a lo que había aprobado el Instituto Nacional Electoral (INE).

Ciudad de México, 5 de septiembre (SinEmbargo).- El Instituto Nacional Electoral (INE) acató la resolución del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) de permitir la transmisión de las conferencias matutinas del Presidente Andrés Manuel López Obrador en Coahuila e Hidalgo durante el periodo electoral.

Mediante un comunicado, el INE dio a conocer que modificó el acuerdo aprobado el pasado 26 de agosto, en el que se da respuesta a una consulta sobre la suspensión de propaganda gubernamental en los estados de Coahuila e Hidalgo, donde habrá elecciones el 18 de octubre.

«El Consejo General del INE aprobó las modificaciones mandatadas y eliminó la consideración que establecía que los concesionarios de radio y televisión no debían transmitir las conferencias matutinas del presidente Andrés Manuel López Obrador en dichos estados», se lee en el documento emitido por el instituto.


El Consejero Presidente, Lorenzo Córdova Vianello, recordó que esta decisión responde a que el Tribunal consideró que la autoridad electoral se excedió al emitir el acuerdo, ya que dicho tema nunca fue objeto de la consulta que realizó la Secretaría de Gobernación (Segob).

No obstante, recordó que hasta el momento se mantiene en firme la prohibición de transmitir dichas conferencias de prensa, las cuales han sido consideradas por la Sala Regional Especializada como propaganda gubernamental, por lo que no pueden ser transmitidas durante el periodo de campañas que arrancan este 5 de septiembre.

“La sentencia no fue muy bien interpretada y dado que están arrancando las campañas electorales en los dos estados de Coahuila e Hidalgo me parece pertinente resaltar lo que en días pasados el magistrado José Luis Vargas resaltó en una entrevista, en el sentido de que no es correcto asumir que la sentencia que estamos acatando pudiera emitir un pronunciamiento de fondo respecto del pronunciamiento de la posibilidad o no de transmitir íntegramente las conferencia mañaneras del Presidente de la República”, sentenció.

Recordó que dicho criterio fue emitido por la Comisión de Quejas y Denuncias y, posteriormente, fue validado por la Sala Regional Especializada, en cuanto a medidas cautelares, por lo que la Sala Superior tendrá que pronunciarse sobre la vigencia en su momento.

“El criterio de la Comisión está inalterado por el momento y, en consecuencia, las prohibiciones que el mismo supone siguen vigentes. Justamente lo digo porque estamos ya en esta etapa de campañas en Coahuila e Hidalgo y es importante no contribuir a la mala lectura de la sentencia del Tribunal que hoy estamos acatando”, concluyó.

El pasado 2 de septiembre, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó que las conferencias matutinas del Presidente Andrés Manuel López Obrador podrán transmitirse en Coahuila e Hidalgo de manera íntegra durante el periodo electoral, contrario a lo que había aprobado el Instituto Nacional Electoral (INE).

“Por mayoría de votos, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación ordenó al Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) modificar el acuerdo por el cual determinó que los concesionarios de radio y televisión no debían transmitir las conferencias matutinas del presidente Andrés Manuel López Obrador en los estados de Coahuila e Hidalgo, donde habrá elecciones el 18 de octubre”, informó el TEPJF en un comunicado.

Magistrados del TEPJF decretaron que el INE deberá sesionar dentro del plazo máximo de 48 horas después de que sean notificados para realizar los trámites necesarios y puedan publicar en el Diario Oficial de la Federación el acuerdo impugnado con la modificación ordenada.

Ese mismo día, Ciro Murayama, Consejero electoral del Instituto Nacional Electoral (INE), afirmó que la resolución del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) sobre invalidar la prohibición de transmitir íntegras las conferencias mañaneras del Presidente Andrés Manuel López Obrador en Hidalgo y Coahuila sólo acotaba el acuerdo alcanzado por el instituto.

El funcionario recordó que la Constitución mexicana señala que las campañas publicitarias de gobiernos deben suspenderse durante las elecciones.

“Eso respondimos, pero el tribunal dice ‘no te preguntaron eso, quita la parte de las mañaneras’, eso no quiere decir que permitan que se transmitan”, afirmó el Consejero en entrevista con Azucena Uresti para Grupo Fórmula.

Esa mañana, la Sala Superior del TEPJF había determinado que las conferencias matutinas del Presidente Andrés Manuel López Obrador podrán transmitirse en Coahuila e Hidalgo de manera íntegra durante el periodo electoral.

“Por mayoría de votos, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación ordenó al Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) modificar el acuerdo por el cual determinó que los concesionarios de radio y televisión no debían transmitir las conferencias matutinas del presidente Andrés Manuel López Obrador en los estados de Coahuila e Hidalgo, donde habrá elecciones el 18 de octubre”, informó el TEPJF en un comunicado.

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