De las 37 sentencias que han concluido en procedimiento abreviado, únicamente en cinco se dictaron penas de 40 o más años, dos sentencias fueron de 30 años, ocho tuvieron una penalidad de entre 21 y 29 años, y el resto, 22 sentencias, con castigo de 20 años de prisión o inclusive menos años.
Por Francisco Rodríguez
Coahuila, 5 de julio (Vanguardia).- En Coahuila la justicia negocia las sentencias de feminicidio con un factor en común: el miedo. Esta investigación revela que desde 2014, el 84 por ciento de las sentencias por este delito se negociaron. Los ministerios públicos presionan a las familias de víctimas de feminicidio para aceptar un procedimiento abreviado, una figura en la que el responsable acepta su culpabilidad a cambio de una pena menor y evitar juicios orales largos, pese a tener en muchos casos las pruebas y argumentos para aplicar sentencias más altas. La figura del proceso abreviado, también conocido como “justicia negociada”, está en la ley. Pero las prácticas y estrategias de los ministerios públicos para convencer a las familias víctimas, están lejos de apegarse a leyes como la General de Víctimas, la Ley de Acceso a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia o al propio Código Nacional de Procedimientos Penales.
A Deisy Carolina Ramírez, el ministerio público le aseguró que el procedimiento abreviado era lo mejor para concluir el caso del feminicidio de su hija de dos años. Así ya no revictimizarían a su familia. Le dijeron que pensara en su mamá, que en una audiencia se había puesto mal de salud. A Cristela Soto le prometieron que si aceptaba el juicio abreviado, tendría seguros 12 años de prisión para el feminicida de su hija. De lo contrario era mucho riesgo y se podría perder el caso, porque su nieto de nueve años tendría que declarar. A Lourdes Trejo la asustaron una y otra vez diciéndole que se podía equivocar al declarar como testigo principal. Solo recibió miedo de que tendría que volver a ver las fotografías de su hija apuñalada y que el juicio oral no sería sano para ella. A la salida de una reunión, a Teresa Nabor le dijeron que aceptaba o aceptaba el procedimiento abreviado.
Son experiencias que cuatro madres de víctimas de feminicidio aseguran haber vivido en su largo camino para obtener justicia. Son presiones que podrían ser las principales causas de que en Coahuila, de 2014 al primer trimestre de 2021, 37 de 44 sentencias por feminicidio -según datos proporcionados por el Poder Judicial del Estado- se resuelvan por un procedimiento abreviado, una figura del Sistema Penal Acusatorio que ofrece una forma de terminación anticipada en la que el imputado acepta su responsabilidad y negocia su pena.
Martha Rivera Hernández, directora general de Investigaciones Especializadas de la Fiscalía del Estado, asegura que en ningún momento la intención de ofrecer el juicio abreviado ha sido presionar a las familias y que son salidas que permite el nuevo Sistema de Justicia para no saturarlo.
El procedimiento abreviado, según el Código Nacional de Procedimientos Penales, requiere que el imputado reconozca su culpa, renuncie a su derecho a un juicio oral, que se enuncie el monto de reparación del daño y que la víctima u ofendido no presente “oposición fundada”. Según el testimonio de familias que han vivido esos procesos, así como el de especialistas, abogadas y acompañantes de víctimas, para evitar esa “oposición” los representantes del estado emplean estrategias de miedo, manipulaciones, engaños y prácticas violatorias de derechos humanos.
Esto se traduce en una realidad: por más reformas y aumentos a las penas por feminicidio, las sentencias no alcanzan la pena máxima, sino más bien las mínimas establecidas en el Código Penal o inclusive hasta menores.
En Coahuila se han abierto desde 2015, 105 carpetas de investigación por feminicidio, un delito que hasta antes de septiembre de 2019 se castigaba con una pena de 20 a 50 años de prisión. A partir de entonces la pena aumentó de 40 a 60 años de cárcel.
De las 37 sentencias que han concluido en procedimiento abreviado, únicamente en cinco se dictaron penas de 40 o más años, dos sentencias fueron de 30 años, ocho tuvieron una penalidad de entre 21 y 29 años, y el resto, 22 sentencias, con castigo de 20 años de prisión o inclusive menos años.
Hay sentencias de 10, 14 o 18 años. En cambio, las sentencias de casos que optaron por el juicio oral alcanzaron penas de prisión de 43 años o más. Con excepción de un caso que conmocionó a la entidad: el asesinato de María Milagros Ramírez, de dos años. Al feminicida lo condenaron a 23 años y nueve meses.
LUCHAR POR SU MILAGRO
Los doctores le dijeron a Deisy Carolina Ramírez que tenía posibilidad de abortar porque su embarazo era complicado y podría afectar su salud. Su niña “podía salir mal”.
Ella, madre soltera, se negó. “Si así Dios me la quiere mandar, ya veré la manera de sacarla adelante”, dijo.
El 16 de febrero de 2017 nació su hija sin ningún problema. Y por eso decidió llamarla Milagros, María Milagros.
-Era mi milagro –cuenta la madre.
Por eso, cuando su pareja asesinó brutalmente a Milagros dos años después de nacida, la rabia le invadió y comenzó a luchar por justicia. Por eso, cuando le ofrecieron un juicio abreviado para negociar la pena del feminicida, se negó. Quería la sentencia máxima. Por eso cuando escuchó la sentencia de 23 años y nueve meses que impuso una Juez al feminicida, sintió que le falló a su hija.
La señora Ramírez habla desde su casa en el municipio de Matamoros. Lleva todavía rastros en su cabello de tinte violeta, el color reivindicativo de la lucha de las mujeres. Hace unas semanas, la Juez dictó la pena a quien fuera su pareja.
Deisy Carolina sintió que era una burla. Se paró y reclamó justicia. La colegiada llamó la atención y advirtió que la encerraría si seguía alterando el orden.
-Le debe respeto a los presentes -dijo la Juez.
-¿Y el respeto a su hija y a mí? -piensa ahora desde la cochera de su casa.
Hay sentencias de 10, 14 o 18 años. En cambio, las sentencias de casos que optaron por el juicio oral alcanzaron penas de prisión de 43 años o más. Con excepción de un caso que conmocionó a la entidad: el asesinato de María Milagros Ramírez, de dos años. Al feminicida lo condenaron a 23 años y nueve meses”.
Deisy Carolina Ramírez está en trámite para apelar la sentencia. Es la última batalla contra un sistema penal e institucional que parece ensañarse con ella desde el 6 de mayo de 2019, cuando su hija fue golpeada y abusada sexualmente.
Ese día su mamá no pudo cuidar de Mili, como llamaban a la pequeña que gustaba bailar y dar abrazos como Olaf, el muñeco de la película Frozen. La dejó encargada con Eduardo, su pareja y en quien confiaba. Ella tenía que trabajar en una fábrica.
De rato recibió una llamada. Su hija se había caído de la cuna. “Perdóname, perdóname, la niña se me cayó”, repitió una y otra vez su pareja.
Era mentira. La señora Ramírez se enteraría después que su hija sufrió traumatismo craneoencefálico severo, golpes en el abdomen y tenía rastros de dilatación anal.
Al día siguiente, mientras su hija estaba en terapia intensiva, Deisy Carolina rindió su declaración en el Centro de Justicia, al mismo tiempo que la Procuraduría para los Niños, Niñas y Familia (Pronnif) mandaba a una casa hogar a sus otros dos hijos de 10 y ocho años entonces.
Pese a haber luchado una vez más por su vida, la niña Milagros falleció el 14 de mayo.
Deisy Carolina Ramírez tuvo que dar la custodia provisional a su mamá para sacar a sus hijos de la casa hogar y aguantar que en las instituciones de Gobierno la juzgaran por tener que trabajar y no cuidar a sus hijos, situación que la misma Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) en su Protocolo para juzgar con perspectiva de género, refiere que invisibilizar la situación de mujeres que trabajan y cuidan de los hijos e hijas, “puede tener como resultado la vulneración al derecho de acceso a la justicia en condiciones de igualdad”.
En el camino comenzó su lucha por encarcelar al feminicida: en un inicio la carpeta de investigación estaba etiquetada con el delito de “lesiones gravísimas”, un delito que tenía entonces una pena mínima de tres años.
-No se me hacía justo. Pero la licenciada Martha me dijo que lo hacían porque no podían subir las estadísticas de feminicidio –asegura la madre.
En la Fiscalía de Coahuila, la ministerio público Liliana Bermúdez (quien después fue removida a otra área) tachó su caso como un “dolor de cabeza” porque Deisy Carolina no entendía los términos jurídicos.
-Me decía ‘hablando jurídicamente’, y le decía que no tenía los estudios para entender lo que me dice. Se molestaba y me levantaba la voz.
Para la abogada y acompañante de víctimas, Lucía Razo, esas vivencias son comunes en las familias. “Te explican como si te estuvieran regañando, nunca hay tiempo para atenderte. Te tratan como si no entendieras cuando no tienen que entender, no son abogados”, comenta.
Para la abogada los ministerios públicos ven a las víctimas como un “bien jurídico lesionado”, un ente ajeno y no se les ve como parte del proceso, sino que se les deshumaniza.
Después trataron de convencerla de que aceptar el procedimiento abreviado era lo mejor.
La madre pensó qué significaba la palabra “abreviado”.
En su casa comenzó a navegar por Internet porque desconocía el término. Encontró el Código Nacional de Procedimientos Penales (CNPP) que indica que, para darse el procedimiento abreviado, el imputado reconoce su culpa, renuncia a un juicio oral, negocia su pena y ésta puede ser hasta un tercio de la mínima.
Regresó a la Fiscalía después de leer e investigar por su cuenta. Otra vez el ministerio público –el licenciado Roberto refiere la madre- le insistió que era la mejor opción.
-Yo siempre les decía “¿lo mejor para quién? ¿Para él?” -recuerda la señora.
Para Ariadne Lamont, directora de Incidencia y Acompañamiento del Instituto de Formación, Investigación y Consultoría de Género y Derechos Humanos (INCIDE Femme), en la realidad esta figura tiene más beneficios para el imputado y el ministerio público. No para las víctimas.
Para el imputado porque tiene una pena más reducida y para los ministerios públicos porque representa menos tiempo, recursos y energía.
Energía le sobraba –sobra- a la señora Deisy Carolina Ramírez.
-Estoy seguro que hay lo suficiente en esta carpeta para que le den una pena alta –decía convencida.
-Piense en su mamá que ya no tendría que ir a audiencia. Se fijó cómo se puso la vez pasada –insistieron.
Pero ella solo pensaba en tener justicia y eso era con la pena máxima.
La madre no encuentra razón para insistir en un juicio abreviado cuando se tienen los suficientes elementos en una carpeta de investigación.
-¿Por qué cree que lo hagan? –pregunta este reportero a la madre.
-Para no trabajar. Para decir que ya se hizo justicia. Ya ahí queda. Se puede hacer más.
A Mili, como llamaban a la pequeña, gustaba bailar y dar abrazos como Olaf, el muñeco de la película Frozen”.
¿POR QUÉ LA INSISTENCIA?
Martha Rivera Hernández, directora general de Investigaciones Especializadas de la Fiscalía del Estado, asegura que en el caso de la señora Deisy Carolina Ramírez ni en ninguno otro ha sido la intención presionar.
-Honestamente lo que se hizo fue plantear la situación, se tuvieron varias pláticas. A lo mejor porque fueron varios los casos donde sí se explicaron los beneficios, lo que a su favor tiene. Muchas veces la violencia se ejerce delante de personas menores de edad, que no tengan que acudir ante tribunal, que se repare el año con suficientes años de sentencia.
Dice que si el ministerio público considera que la posibilidad del abreviado es buena opción; además la sentencia y reparación es acorde al hacer justicia, se le propone entonces a la víctima. Si no acepta, “sin ningún problema vamos a juicio”, asegura.
-Se da la posibilidad para evitar que después por una saturación nos vayamos a tener que hacer fila, a ver cuándo nos toca el juicio y se vaya retrasando –argumenta la funcionaria.
Aunque la abogada Lucía Razo considera que la innegable saturación de las fiscalías y entes que imparten la justicia, hace que empiecen a ver a la víctima como un problema, como un peso encima que se puede remover con un procedimiento abreviado.
Ariadne Lamont, directora de INCIDE Femme, cree que una hipótesis de la presión para concluir anticipadamente los casos, es la falta de recursos humanos y financieros.
Critica que esa falta de recursos obstaculiza las investigaciones porque no hay dinero para pedir registros de llamadas, visitar familias, vecinos y compañeros de trabajo. Investigar el entorno.
Bertha Alicia Quiñones, madre de Sharon Niño Quiñones asesinada en 2016 en Torreón, cuenta que un día el ministerio público de nombre Germán le dijo que no podía investigar porque no tenía para moverse. “Le entregué 3 mil 500 pesos para la gasolina”, asegura la madre.
También en una ocasión, la citaron a las 9:30 de la noche y la metieron a una oficina oscura de la Fiscalía. Allí le pidieron 50 mil pesos para hacer un trabajo forense con el celular de su hija. Mejor ella fue a la compañía Telcel para pedir el registro de llamadas y mensajes.
El 25 de noviembre de 2019, la Red de Mujeres de La Laguna y el colectivo Madres Poderosas de La Laguna pegaron en las puertas de la Fiscalía, monedas y hojas de máquina para que las autoridades no pusieran como excusas la falta de recursos para investigar.
Ana Yeli Pérez Garrido, directora de la organización Justicia Pro Persona A.C. y asesora jurídica del Observatorio Ciudadano Nacional del Feminicidio (OCNF), refiere que, de entrada, hay vicios de origen por malas investigaciones y a eso se le suma que las instituciones no cuentan con personal suficiente en la mayoría de los estados para atender estos delitos, ni con servidores públicos técnicamente capacitados.
En Coahuila hay dos unidades especializadas en el delito de feminicidio, una en la región Laguna y otra en la región Sureste. Cada una tiene dos agentes con especialización en feminicidio y además hay un coordinador de agentes.
La funcionaria Martha Rivera explica que si existe un feminicidio en otra región del estado, el personal de las unidades de homicidios es quien se hace cargo. Asegura que eso no merma la atención.
Las unidades especializadas no cuentan con presupuesto propio y dependen de la asignación de recursos de la Fiscalía General, según respuesta de la misma dependencia a una solicitud de información.
Raúl Mendoza Flores, catedrático de la asignatura penal o procesal penal en la Universidad Iberoamericana Torreón, asegura que es una realidad la falta de capacidad y especialización de los agentes y ministerios públicos, pues el nuevo sistema de justicia tiene pocos años de instaurarse en Coahuila.
Desde junio de 2013 inició operaciones el Sistema de Justicia Penal Acusatorio en el Distrito Judicial de Monclova, y a partir de ahí gradualmente se fue instalando todo el sistema en la entidad. El 31 de marzo de 2016, Coahuila se constituyó en la octava entidad en completar en todo su territorio y para todos los delitos, la reforma constitucional del Sistema Procesal Penal Acusatorio.
-En todos los delitos están rebasados, es una carga de trabajo enorme. Es una situación difícil. Los hechos los rebasan –comenta el abogado Mendoza Flores.
Ariadne Lamont cuenta que en una ocasión, en una reunión con Martha Rivera, le cuestionó por qué ofrecían con tanta insistencia el procedimiento abreviado. La respuesta la consideró un insulto. “Sí trabajamos menos, pero no es para estar haciendo nada, es porque podemos atender otros casos”, dice Ariadne Lamont que respondió la funcionaria.
Lamont refiere que esa respuesta y la estadística de que el 84 por ciento de las sentencias han concluido por la vía abreviada, refleja el poder de convencimiento de los ministerios públicos; así como la presión a la que estuvieron sujetas las madres.
-¿A poco tantas madres no van a estar con esa fuerza vital por dentro que les diga ‘quiero la máxima sentencia para quien mató a mi hija y dejó huérfanos a mis nietos? –cuestiona Lamont.
En estados como Baja California la historia es la misma: de 38 sentencias de feminicidio desde 2016, 32 terminaron por juicio abreviado (84 por ciento) y seis por juicio oral; en Sonora de 112 sentencias, 88 fueron por el procedimiento abreviado (78.5 por ciento). Aunque otros estados como Nuevo León, la cifra es inversa: de 44 sentencias por feminicidio en el sistema penal acusatorio desde 2016, sólo cuatro concluyeron por procedimiento abreviado y en Veracruz -desde 2015- 22 optaron por el juicio oral y tres por el abreviado. Todas las estadísticas fueron entregadas por los poderes judiciales de cada entidad vía solicitudes de información.
ANALIZAR CADA CASO
Para la directora de Acompañamiento de Incide Femme, Ariadne Lamont, cada caso debería ser atendido como si fuera el único.
Adriana Romo, integrante de la Red de Mujeres de La Laguna, considera que no se debe tratar a la familia como “fórmate y a todos les propongo lo mismo”.
-Hay situaciones en las que ni siquiera deben mencionarlo (el procedimiento abreviado). Pero eso no lo puedes saber si no estudiaste bien a la familia y a quien cometió el delito. Insistir y aceptar un juicio abreviado es confirmar el hecho que a ti no te importo como víctima.
Quizá un caso de esos pudo haber sido el de la causa penal 48/2016.
El hecho ocurrió a las 19:30 horas del 16 de abril de 2016 en Acuña, al norte del estado. En la sentencia se lee que el acusado golpeó a la víctima, pareja de él, “con su mano cerrada en la cabeza, para después golpearla con la parte trasera de una hacha en el mismo sitio por lo cual la víctima queda inconsciente y posterior a esto XXXXX con un cuchillo le corta la cabeza a la víctima, diciendo en ese momento Axxxxxxxxxxx ”, a xxxxxxxx, a xxxxxxxx, a xxxxxxxxxx, a xxxxxxxx y dos personas del sexo masculino que solo se sabe les apodan el che y el tribilin quienes presenciaron lo ocurrido mencionándoles ‘esto les va a pasar si andan de panochones’ para posteriormente xxxxxxxx envolver el cuerpo de la víctima en una cobija color gris junto con la cabeza y posterior a esto en fecha 19 de abril del 2016 a las 01:30 horas fuera encontrado el cuerpo de la víctima en la vía pública”.
En la descripción de las diligencias, se tienen cuatro entrevistas de testigo. Los cuatro testigos se encontraban en el lugar cuando el acusado golpeó y decapitó a la mujer.
El caso concluyó en procedimiento abreviado y se decidió aplicar una pena de 10 años de prisión, la mitad de la pena mínima que aplicaba entonces. Además de una reparación del daño de 150 mil pesos.
-Son penas ridículas cuando se saben los tipos de casos y se observa que no hay ningún tipo de dolor, de arrepentimiento, que inclusive les repare un poco a las mismas víctimas –considera Ana Yeli Pérez Garrido, asesora jurídica del OCNF.
También el caso de Elizabeth Maldonado Nabor. Madre de tres hijos, desapareció el 13 de octubre de 2018 en Torreón. Acordó llegar a casa de su mamá Teresa Nabor pero nunca lo logró.
La familia publicó en Facebook la búsqueda y una amiga informó que Elizabeth vería a un compañero de trabajo porque le debía dinero.
La investigación se centró en ese hombre que la vio por última vez. Cuando lo capturaron, informó que enterró un cuchillo en el pecho y abdomen a Elizabeth y la abandonó en un ejido del municipio de Matamoros el mismo día que se vio con ella. Sus pertenencias las quemó en un basurero.
El responsable, Juan Mario Saucedo, colaboró para informar dónde había dejado el cuerpo.
Casi dos años después, cuando estaba por cumplirse el periodo de prisión preventiva de dos años, la madre Teresa Nabor asegura que a ella y al esposo de su hija, les informaron que el caso había llegado a un arreglo y se había acordado el procedimiento abreviado.
La señora Nabor afirma que nunca los consultaron. Que al salir de una reunión la ministerio público Bermúdez dijo “sí o sí”. Asegura que nunca le explicaron qué era un juicio abreviado. Y que aceptaron porque las autoridades no dejaron otra opción.
El feminicida fue sentenciado a 14 años y seis meses de cárcel, cinco años y seis meses menos que la pena mínima de entonces. Cuando se dio la sentencia el feminicida ya sumaba dos años por el tiempo que duró el proceso.
-A mí nunca me mencionaron el tema del juicio abreviado. Yo nunca supe qué era. No se me hace justo lo que le dieron, como quien dice los premian. Quiero que le echen más años pero me dijeron que ya no podían hacer nada, que yo lo acepté. No estoy conforme.
Dice la madre Teresa Nabor desde su casa, donde hay fotografías de su hija, una mujer que quería ser enfermera y trabajaba para pasear a sus hijos. Le gustaban las gorditas de huevo con chile y las tostadas de cuerito.
Para la señora Nabor ya no es lo mismo. Siente culpa por no haber presionado, por no haber buscado el juicio como debía. A la fecha no le han dictado ninguna reparación del daño.
La innegable saturación de las fiscalías y entes que imparten la justicia, hace que empiecen a ver a la víctima como un problema, como un peso encima que se puede remover con un procedimiento abreviado”.
MODUS OPERANDI
Ana Yeli Pérez Garrido, asesora del OCNF afirma que en el camino las autoridades usan la figura del procedimiento abreviado como su primera opción. Y en el camino se presiona a las víctimas y se engaña diciéndoles que el proceso es tan difícil o improbable que se llegue a una sanción, que el procedimiento abreviado es la única salida.
Especialistas y activistas como Ariadne Lamont, exponen que se trata de un modus operandi que se basa en presiones, amenazas y miedos: ‘para que usted ya no esté viniendo, para que ya no lo tenga, para que ya no sufra psicológicamente, para que ya no sea revictimizada’. Son algunas de las frases que usan.
Lucía Razo, abogada y acompañante de víctimas, dice que no les explican sus derechos y de inmediato las intimidan, manipulan e infunden miedo
-Les dicen ‘podemos acabar de una manera rápida, si hubo menores testigos van a tener que ir a declarar, ¿segura que quieres hacerle eso a tus sobrinos, nieto? Anda que mala. Es un trauma que no van a superar, tú vas a tener que encarar, ¿de verdad quieres verlo?’.
Es propagar el temor de que el imputado quede absuelto y todo sea en vano.
Para Razo se trata de prácticas violatorias de derechos humanos porque no se apegan a la legalidad del proceso.
-La legalidad del proceso también es aplicar los principios de derechos humanos en los que se rigen nuestras legislaciones. Si no existe ese apego a los principios, si no existe ese enfoque de derechos humanos, cómo se va a hablar de una debida legalidad del proceso -cuestiona.
La Ley General de Víctimas, por ejemplo, establece que las víctimas deberán “ser informadas de manera clara, precisa y accesible de sus derechos por el Ministerio Público” o que “no podrá llevarse la conciliación ni la mediación a menos de que quede acreditado a través de los medios idóneos, que la víctima está en condiciones de tomar esa decisión”, lo que no muchas veces sucede porque las familias -principalmente madres- están en un estado de shock, vulnerables, “donde a veces no son capaces de comprender una instrucción”, dice la psicóloga y activista Adriana Romo.
La Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Coahuila de Zaragoza, indica que las víctimas de violencia deben “recibir información veraz y suficiente que les permita decidir sobre las opciones de atención” o que “la víctima no será obligada a participar en mecanismos de conciliación con su agresor”.
La Declaración sobre los principios fundamentales de justicia para las víctimas de delitos y abuso de poder habla de “informar a las víctimas de su papel y del alcance, el desarrollo cronológico y la marcha de las actuaciones, así como de la decisión de sus causas, especialmente cuando se trate de delitos graves y cuando hayan solicitado esa información”.
Para Lucía Razo, si no se atienden a los principios de legalidad, se debe hablar de una omisión por parte de las autoridades del estado, de un desinterés.
Además cree que hay una necesidad urgente del Estado de decir ‘mira, sí estamos cumpliendo, mira cómo estamos trabajando, los estamos encerrando’.
DE PIE Y LUCHANDO
Adriana Romo, psicóloga y activista de la Red de Mujeres de La Laguna, dice que las víctimas no suelen estar preparadas y muchas aceptan el juicio abreviado sin saber, por lo que queda esa sensación de que hicieron “justicia a medias”.
La señora Deisy Carolina Ramírez, no aceptó el juicio abreviado porque precisamente no quería sentirse así. Le dijeron que podrían negociar una pena de 35 años para el culpable. No aceptó. Quería la pena máxima.
Por eso, cuando escuchó la sentencia de 23 años y nueve meses al concluir el juicio oral, lo sintió como una bofetada.
-Es una burla lo que hacen –comenta.
Pese al tortuoso camino, confía en que en la segunda instancia se revertirá la sentencia.
La madre de Mili asegura que no descansará hasta que se le haga justicia a su hija. “Voy a seguir de pie”, dice convencida.
Para la madre, lograr esa justicia significaría que su hija descanse en paz. Pero cree que no solo sería para su hija Mili, sino un mensaje para otras personas de que se puede seguir en la lucha y acceder a la justicia.