México

El DIF y la SSa publican protocolo nacional para menores huérfanos por feminicidios

04/08/2021 - 11:53 am

El protocolo establece que las autoridades de los tres órdenes de Gobierno deben respetar, promover y garantizar los derechos de los menores, así como investigar y sancionar las acciones que puedan violentarlos.

Ciudad de México, 4 de agosto (SinEmbargo).- La Secretaría de Salud y el Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia dieron a conocer en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el protocolo nacional que entrará en vigor el 5 de agosto para atender a niños, niñas y adolescentes que quedaron en condición orfandad por feminicidios.

El documento tiene como objetivo principal «brindar elementos que orienten y faciliten el actuar del personal sustantivo encargado de la protección de los derechos de Niñas, Niños y Adolescentes en Condición de Orfandad por Feminicidio, así como la efectiva restitución de los mismos, mediante la generación de acciones para la prestación de los servicios correspondientes, conforme al marco normativo aplicable».

El protocolo de 40 páginas establece que las autoridades de las tres órdenes de Gobierno tienen la obligación de respetar, promover y garantizar los derechos de los menores, así como investigar y sancionar las violaciones a sus derechos.

«Las autoridades administrativas y jurisdiccionales a nivel federal y local dispondrán lo conducente a efecto de que los niños, niñas y adolescentes vean restituido su derecho a vivir en familia y recibir protección de quienes ejercen la patria potestad o custodia. El Estado debe garantizar esta realidad, que no necesariamente coincide con la restitución del derecho a una familia definida como tradicional».

Debido a esto, se debe crear una coordinación para establecer mecanismos y detectar estos casos para que los menores se integren a su familia ampliada o acogida y asegurar su desarrollo.

Los derechos para los menores en condición de orfandad son: acceso a una vida libre de violencia, derecho a la vida y la supervivencia, igualdad y no discriminación, integración, etcétera.

Entre las principales instituciones encargadas de este trabajo son: procuradurías y fiscalías Generales de Justicia, federal y estatales; ministerios públicos, secretarías de seguridad, Comisión Nacional de Derechos Humanos, entre otras.

Además, el Estado debe tomar las medidas correspondientes para aquellos menores que están en condiciones de doble vulnerabilidad, como es el caso de quienes viven en condiciones económicas, sociales, sexuales y psicológicas diferentes a las de las demás víctimas.

Las nuevas medidas no alteran la vigencia del Protocolo de Atención Integral para Niñas, Niños y Adolescentes Víctimas de Delito y en Condición de Vulnerabilidad. Foto: Cuartoscuro

También se establece el pago de los gastos funerarios de la víctima de feminicidio y la protección psicosocial que deberá tener el menor afectado.

Estas nuevas medidas no alteran la vigencia del Protocolo de Atención Integral para Niñas, Niños y Adolescentes Víctimas de Delito y en Condición de Vulnerabilidad, que se publicó en julio de 2020, solamente lo complementan.

Redacción/SinEmbargo
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