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Federal disparó contra un conductor en caseta de La Marquesa y causó su muerte; CNDH emite recomendación

04/06/2017 - 7:00 pm

De acuerdo con la información de este comunicado, el 26 de abril de 2014 la víctima conducía un vehículo Volkswagen Bettle, color azul, con vidrios polarizados y sin placas de circulación, a la altura de la caseta de cobro de La Marquesa, con dirección a la Ciudad de México. Un elemento de la PF le indicó que se detuviera, sin embargo, el conductor, quien iba acompañado de otro hombre, en el asiento de copiloto, y una mujer en el asiento trasero, decidió no parar el auto.

Ciudad de México, 4 de junio (SinEmbargo).- La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitió este día una recomendación a Renato Sales Heredia, titular de la Comisión Nacional de Seguridad (CNS), por el caso en el que un Policía Federal (PF) disparó y luego ultimó a un conductor sin seguir los protocolos preestablecido.

En un comunicado, la CNDH informó que no se oponen al uso de la fuerza pública en los casos en que la seguridad pública de las personas se encuentre en riesgo, sin embargo, eso «no los exime del respeto irrestricto a los derechos humanos».

«La CNDH sostiene que no se opone a las acciones que las autoridades de los diversos ámbitos de Gobierno lleven a cabo para garantizar la seguridad pública de las personas, ni rechaza el empleo de la fuerza cuando los cuerpos policiales enfrentan situaciones en las cuales la única opción es repeler una agresión real, actual e inminente en defensa de su integridad física o de otras personas y/o sus derechos, lo que no los exime del respeto irrestricto a los derechos humanos, situación que en el presente caso no aconteció.»

Ello, es el sustento de la Recomendación 19/2017  emitida por la CNDH y que fue dirigida a Sales Heredia.

De acuerdo con la información de este comunicado, el 26 de abril de 2014 la víctima conducía un vehículo Volkswagen Bettle, color azul, con vidrios polarizados y sin placas de circulación, a la altura de la caseta de cobro de La Marquesa, con dirección a la Ciudad de México.

Un elemento de la PF le indicó que se detuviera, sin embargo, el conductor del Volkswagen, quien iba acompañado de otro hombre, en el asiento de copiloto, y una mujer en el asiento trasero, decidió no parar el auto.

Después, dice el comunicado, los policías lo persiguieron durante 10 kilómetros hasta que les dieron alcance, utilizaron su patrulla para cerrarles el paso y luego los uniformados descendieron para posicionarse alrededor del auto.

Uno de los policías que estaba parado en la ventanilla del copiloto accionó su pistola contra el conductor y lo mató sin antes haber seguido el protocolo correspondiente.

Según los informes, quienes citan a las diligencias ministeriales que obran en la averiguación previa del caso, el chofer venía desarmado, incluso no se encontró arma alguna en el vehículo.

Un familiar de la víctima decidió interponer una demanda ante la CNDH por lo ocurrido y la Comisión determinó que había pruebas suficientes para «para acreditar la transgresión al derecho humano a la vida».

«El 30 de abril de 2014, un familiar de la víctima presentó queja ante este Organismo Nacional, lo que motivó el inicio del Expediente CNDH/1/2014/3072/Q; concluida su investigación, la Comisión Nacional encontró evidencias suficientes para acreditar la transgresión al derecho humano a la vida, por el uso excesivo de la fuerza, atribuible a un servidor público de la Policía Federal, el cual fue procesado y sentenciado.»

Ante tales hechos, la CNDH recomendó al titular de la Comisión Nacional de Seguridad «reparar el daño a los familiares de la víctima, en términos de la Ley General de Víctimas, que incluya compensación, así como atención psicológica y tanatológica.»

«Diseñar e impartir un curso integral dirigido a los agentes de la Policía Federal sobre capacitación y formación sobre derechos humanos, específicamente sobre los lineamientos generales para la regulación del uso de la fuerza pública por las instituciones policiales; e inscribir al agraviado y sus familiares que acrediten su derecho en el Registro Nacional de Víctimas, cuyo funcionamiento está a cargo de la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas, para que tengan acceso, en lo conducente, al Fondo de Ayuda, Asistencia y reparación Integral, previsto en la ley de la materia».

 

 

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