Eduardo Santillán presidente de la Comisión de Procuración de Justicia, explicó que estas reformas al Código Penal local y la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia servirán para proteger la intimidad de las personas.
Ciudad de México, 3 de diciembre (SinEmbargo).- El Congreso de la Ciudad de México aprobó la “Ley Olimpia” en la Ciudad de México, con 56 votos a favor, cero en contra y cero abstenciones votos a favor en presencia de feministas y de la autora de la iniciativa, Olimpia Coral Melo.
Después de tres años de buscar una respuesta, la violencia digital será sancionada con penas de cuatro a seis años de prisión y una multa de 42 mil 245 a 84 mil 490 pesos.
Eduardo Santillán presidente de la Comisión de Procuración de Justicia, explicó que estas reformas al Código Penal local y la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia servirán para proteger la intimidad de las personas.
Lo logramos juntas.
Con 56 votos a favor se aprueba nuestra reforma.
Esto no es gracias a mi sino gracias a mis hermanas, a todas, a las que decidimos que el miedo cambiará de bando.
¡Y tiemblen…! pic.twitter.com/rfeitP9mPE— Olimpia Coral (@OlimpiaCMujer) December 3, 2019
«Comete el delito contra la intimidad sexual, primero quien videograbe, audiograbe, fotografíe, filme o elabore imágenes, audios o videos, reales o simulados de contenido sexual íntimo de una persona sin su consentimiento o mediante engaño», externó Santillán.
El castigo será expuesto a quién exponga, distribuya, difunda, exhiba, reproduzca, transmita, comercialice, oferte, intercambie o comparta imágenes audios o videos de contenido sexual íntimo de una persona sin consentimiento mediante cualquier medio tecnológico.
#EnTribuna | Con 56 votos a favor, cero en contra y cero abstenciones, las y los diputados aprueban la #LeyOlimpia que sanciona #ViolenciaDigital en la CDMX. pic.twitter.com/HbPZ2HnvTG
— Congreso de la Ciudad de México (@Congreso_CdMex) December 3, 2019
La pena se agravará cuando exista un vínculo entre la víctima y el agresor, ya sea si mantienen una relación de matrimonio, concubinato, noviazgo o cualquier otra relación sentimental o educativo, así como laboral.
La Ley Olimpia ya está aprobada en 13 estados de la República: Guerrero, Puebla, Baja California Sur, Nuevo León, Querétaro, Guanajuato, Oaxaca, Chiapas, Estado de México, Coahuila, Yucatán, Veracruz y Zacatecas.
El pasado 27 de noviembre, la Cámara de Diputados aprobó por unanimidad la denominada “Ley Olimpia”, con la que se incorpora el término “violencia digital” a la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.
Con 400 votos a favor, avalaron reformar el artículo seis de la citada legislación y establecer como violencia digital los actos de acoso, hostigamiento, amenazas, insultos, vulneración de datos e información privada, divulgación de información apócrifa y mensajes de odio.