El dictamen añade el artículo 137 Bis a la Ley de Seguro Social, consiste en que cuando una persona beneficiaria desaparezca por más de un mes, sus familiares tendrá derecho a recibir la pensión.
Ciudad de México, 2 de octubre (SinEmbargo).- El pleno de la Camara de Diputados aprobó las minutas de reforma a la Ley de Seguro Social que permitirá a los familiares de personas desaparecidas pensionadas recibir provisionalmente el beneficio.
Los diputados aprobaron por unaminidad las reformas con 369 votos a favor en lo particular y general.
El dictamen añade el artículo 137 Bis a la Ley de Seguro Social, consiste en que cuando una persona beneficiaria desaparezca por más de un mes, sus familiares tendrá derecho a recibir la pensión.
369 votos a favor, 0 en contra y 0 abstenciones. Aprueba dictamen que adiciona artículo 137 Bis a Ley del Seguro Social para que familiares de derechohabiente a la pensión disfruten de la misma, pese a desaparición del titular. Pasa al ejecutivo federal. https://t.co/mlIaQZTKiZ
— Cámara de Diputados (@Mx_Diputados) October 2, 2019
«Si un pensionado desaparece de su domicilio por más de un mes, sin que se tengan noticias de su paradero, sus beneficiarios con derecho a la pensión disfrutarán de la misma en los términos de la sección del ramo de la vida del seguro de invalidez y vida en carácter provisional, y previa solicitud respectiva», señala el dictamen.
El Diputado de Morena, Eleuterio Arrieta, señaló que con el dictamen se salda la deuda pendiente con las y los pensionados del IMSS y sus familias.
Por su parte, la Diputada Mary Carmen Bernal del Partido del Trabajo fundamentó que la reforma es para que los familiares de un derechohabiente a la pensión disfruten de la misma, pese a la desaparición del titular.
Para que los beneficiarios puedan acceder al derecho deberán comprobar la desaparición de la persona pensionada y su parentesco con él.
Ahora, corresponde al Ejecutivo federal publicar la reforma en el Diario Oficial de la Federación.