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¿Pueden marcarte de madrugada para cobrarte? La SE dice que NO, y exhibe cómo operan despachos

13/10/2020 - 7:28 pm

Deben dirigirse de manera respetuosa a la persona deudora y comunicarse en un horario de 7:00 a 22:00 horas, pero no deben utilizar números de teléfono ocultos; amenazar, ofender o intimidar a la persona; realizar gestiones de cobro a terceros; o realizar las gestiones de cobro con menores de edad o adultos mayores.

Ciudad de México, 13 de octubre (SinEmbargo).- Los Despachos de Cobranza son útiles para que los bancos y otras instituciones financieras requieran a sus usuarios el pago de ciertos montos que adeudan. Sin embargo, la operación de estos tiene límites y la Secretaría de Economía informó en su cuenta de Twitter el modelo aprobado por la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef).

La Condusef cuenta con el Registro de Despachos de Cobranza (REDECO) es un portal electrónico que permite a la ciudadanía conocer a los despachos autorizados, a través de los que las entidades financieras realizan las gestiones de cobro de créditos, préstamos o financiamientos.

«Es un sistema electrónico personal que contiene información de los despachos de cobranza, quienes actúan como intermediarios entre la entidad financiera y el deudor, con el propósito de requerir extrajudicialmente el pago de la deuda, así como, negociar y reestructurar los créditos», explicó Economía.

Sus obligaciones requieren que se dirijan de manera respetuosa a la persona deudora; comunicarse o realizar visitas entre las 7:00 y 22:00 horas; documentar el acuerdo de pago con la persona deudora, así como si se realiza alguna negociación o reestructuración; entregar a los bancos los documentos con acuerdos; explicar que los pagos sólo pueden hacerse hacia la entidad financiera que representan.

Los Despachos no deben utilizar nombres o denominaciones que se asemejen a las de instituciones públicas; utilizar números de teléfono que aparezcan como «confidencial», «oculto», «privado» o similares; amenazar, ofender o intimidar a la persona deudora, sus familiares, compañeros de trabajo o cualquier otra persona sin relación con la deuda; realizar gestiones de cobro a terceros; enviar documentos que aparenten ser escritos judiciales; establecer registros especiales como listas negras, cartelones, o anuncios de deudores; recibir el pago del adeudo; realizar las gestiones de cobro con menores de edad o adultos mayores; y realizar las gestiones en un medio de comunicación distinto al que se otorgó por la entidad financiera.

A través del REDECO, disponible desde el 6 de enero de 2015, cualquier persona puede presentar su queja en contra de las entidades financieras a través y recibir respuesta por el mismo sistema; además se puede consultar el seguimiento que se le da y recibir una respuesta. También las instituciones financieras pueden recibir quejas de usuarios y dar su seguimiento a través del REDCO.

Para presentar una queja, en el portal de la Condusef se localiza el REDCO que requiere el registro del usuario con datos de identificación y localización.

La Condusef explicó que los Despachos de Cobranza pueden operar embargos, sólo cuando es ordenado por un juez, dentro de un procedimiento del cual debes ser notificado legalmente, pero recalcó que nadie puede ser encarcelado por una deuda de carácter civil con una institución crediticia como bancos y SOFOMES.

Redacción/SinEmbargo
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