La Cámara de Senadores avaló por unanimidad la adición del artículo 419 Bis para sancionar penalmente a todos aquellos que participen de alguna manera en las peleas de perros como espectáculo. En tanto, la Cámara de Diputados avaló el dictamen que prohibe los delfinarios.
Ciudad de México, 25 de abril (SinEmbargo).- Este día ambas cámaras aprobaron dictámenes que pretenden salvaguardar la vida de los animales; la prohibición de las peleas de perros, en el Senado y la prohibición de los delfinarios, en San Lázaro. Sin embargo, esta última, a pesar de la primera impresión que da, ha sido muy criticada por las organizaciones de defensa de derechos animales.
La Cámara de Senadores avaló por unanimidad la adición del artículo 419 Bis para sancionar penalmente a quienes críen perros para hacerlos pelear en espectáculos, así como contra quienes compren o vendan perros con este fin o participen de algún modo en esta práctica.
Asimismo será castigado quien ocasione que menores de edad asistan o presencien cualquier exhibición, espectáculo o actividad que involucre una pelea de perros.
Las penas serán de seis meses a cinco años de prisión, así como un equivalente a dos mil días de multa. Los servidores públicos que incurran en dicho ilícito obtendrán sanciones al doble.
La resolución de los legisladores se turnará al Ejecutivo para su revisión y promulgación.
Al respecto, Anton Aguilar, director ejecutivo de Humane Society International México expresó su agradecimiento a los Senadores, luego de la violencia histórica que han padecido los canes en nuestro país.
«Durante mucho tiempo, los perros han sufrido y la sociedad se ha deteriorado porque las peleas de perros y el círculo criminal que las rodean no habían sido penalizados en el sistema legal mexicano. Esos días se terminaron. Las peleas de perros son una actividad criminal en México y ahora cualquier persona que participe o que apoye este espectáculo cruel podría enfrentar serias consecuencias bajo la ley. «
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DIPUTADOS APRUEBAN LEY SOBRE DELFINARIOS
La Cámara de Diputados aprobó con 242 votos a favor y 190 en contra el dictamen que reforma el cuarto párrafo del artículo 60 Bis de la Ley General de Vida Silvestre para prohibir la utilización de mamíferos marinos de cualquier especie en espectáculos fijos o itinerantes.
Luego de dos ocasiones en las que se pospuso el debate por falta de consenso y quórum para la votación, los diputados turnaron al Senado la iniciativa del Partido Verde Ecologista de México (PVEM), criticada por organizaciones a favor de los derechos de los animales.
En días previos, activistas a favor de los derechos animales criticaron que la reforma no mejoraba la situación de las especies, sino que las ponía a merced de la corrupción de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat), favoreciendo a las empresas de espectáculos con delfines.
En el dictamen se prohibe que ballenas, delfines y manatíes participen en cualquier actividad que no sea la investigación orientada a su conservación, que realicen instituciones de educación superior acreditadas.
En los artículos transitorios se establece que los ejemplares de mamíferos marinos que ya están cautiverio podrán seguir en esa condición, “siempre y cuando se garantice su integridad física y su salud” y se prohíbe la introducción de nuevos ejemplares en los cautiverios, salvo los que se deriven de la aplicación del protocolo de atención para varamientos de mamíferos marinos y los que asegure la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa).
El artículo Transitorio Tercero del dictamen, que entrará en vigor al día siguiente de su publicación, señala que queda prohibida la reproducción en cautiverio de las especies de mamíferos marinos.
Los poseedores de mamíferos marinos contarán con un plazo de 12 meses para elaborar y presentar ante la Semarnat un protocolo de control de natalidad de las ejemplares hembra.
La verificación del cumplimiento de la prohibición de la reproducción, captura, importación, exportación, obtención e introducción de nuevos ejemplares de mamíferos marinos, estará a cargo de la Profepa, que podrá ejecutar sus atribuciones sancionadoras correspondientes.