México, 28 Sep (Notimex).- El Juzgado 2 de Distrito en Materia Administrativa en el Distrito Federal negó el amparo a una persona moral que pretendía mantener la custodia de mamíferos marinos, que estaban bajo su cuidado con autorizaciones obtenidas previamente.
Esto al resolver el amparo indirecto 1403/2015, en el juicio promovido contra dos oficios emitidos por la Dirección General de Vida Silvestre de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat).
El juzgado sostuvo que la evolución de los derechos de los animales, especialmente de la vida silvestre, permite concluir que ya no se les puede considerar propiedad de persona alguna, sino sujetos de derecho.
Si bien no pueden equipararse a los seres humanos, pues no comparten facultades como la comunicación conceptual o el raciocinio abstracto complejo, son “seres sintientes, que sufren y son capaces de trasmitir emociones, por lo que se debe evitar su sufrimiento y respetar su dignidad”.
Los estados soberanos están obligados a reconocer a los animales, sobre todo cuando no vivan en su hábitat natural, el derecho a recibir un trato digno, respetuoso de sus periodos de reproducción, de proporcionarles alimentos apropiados y cuidados para su sano desarrollo.
“De no ser así, el Estado, a través de las autoridades competentes, está obligado a tomar todas las medidas necesarias y acciones legales en contra de quienes actúen de forma distinta”, aseveró en su resolución.
El juzgado federal resolvió que si se acredita la falta de respeto al derecho de debido cuidado, sin necesidad de una motivación reforzada se puede revocar la custodia.
En el caso, la quejosa combatió dos oficios emitidos por la Semarnat que ordenaba poner a disposición de la dependencia varios mamíferos marinos, de los cuales habían muerto al menos cinco durante el tiempo que los tuvo bajo su custodia.
Las muertes de los animales fueron confirmadas por expertos de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), quienes determinaron como la causa de los decesos desde males gastrointestinales hasta insuficiencia respiratoria, detalló el juzgado federal.